Buenos días conciliadores(as),
Bendiciones de lo alto.
Hoy les presento el:
APUNTE N°2
TIPOS DE CONCILIADORES:
Existen 3 tipos de conciliadores:
En derecho, en equidad y los llamados servidores públicos.
En Derecho:
Debe ser abogado, cursar o aprobar el diplomado del MASC e inscribirse en un centro de conciliación. También pueden conciliadores de centros de conciliación de consultorios jurídicos de las facultades de derecho.
En Equidad:
Debe cumplir el proceso de postulación comunitaria, aplicación de pruebas psicotécnicas, procesos de formación, evaluación y selección, nombramiento por máxima autoridad judicial del territorio (juez municipal).
Servidor público:
Ser nombrado y posesionarse en los cargos habilitados por la ley para conciliar de conformidad con su propia normativa, principal o residual. Pueden ejercer esta función los personeros, notarios, fiscales locales, agentes del ministerio público, inspectores de trabajo, delegados de la defensoría del pueblo, comisarios de familia, jueces civiles o promiscuos municipales.
Para mañana tipos de mecanismos alternativos de solución de conflictos,
Buenas noches
Alexis Castro Samper
Conciliador en Equidad, Sociólogo de la Universidad Simón Bolívar.